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La CNMV se adapta a MiCA: cambios en la regulación de la publicidad de criptoactivos en España

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TrustCloud | La CNMV se adapta a MiCA: cambios en la regulación de la publicidad de criptoactivos en España

El 27 de diciembre de 2024, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) española publicó una Circular, que deroga otra Circular de 2022, sobre la publicidad de criptoactivos como objeto de inversión. Dado que MiCA establece reglas claras y de aplicación directa para la publicidad de estos activos, la normativa española anterior ya no era necesaria.

E

sta derogación responde a la necesidad de evitar duplicidades y ajustarse a la nueva normativa, que entró en vigor el pasado 30 de diciembre, tras 4 años de negociaciones. 

¿Qué es MiCA y cómo redefine el mundo cripto? 

MiCA (Markets in Crypto-Assets) es un reglamento aprobado por la Unión Europea en 2023 que establece un marco regulador para los criptoactivos y los servicios relacionados, con el fin de ofrecer mayor seguridad a los inversores y un entorno de mercado más transparente. MiCA no es una directiva, sino un reglamento de aplicación directa en todos los Estados miembros, lo que significa que no requiere transposición a las legislaciones nacionales y se aplica de manera uniforme en toda la UE. 

Este reglamento aborda varios aspectos clave relacionados con los criptoactivos, entre los que destacan: 

  • Emisión de criptoactivos: MiCA regula las condiciones en que se pueden emitir criptoactivos, estableciendo requisitos de transparencia y supervisión para aquellos que buscan ser comercializados en el mercado. 
  • Servicios sobre criptoactivos: MiCA regula los servicios que se prestan en relación con los criptoactivos, como el intercambio, la custodia, y la gestión de estos activos. Asegura que los proveedores de estos servicios operen bajo normas claras y estrictas. 
  • Protección de los inversores: MiCA introduce nuevas normativas que buscan proteger a los inversores, especialmente a los minoristas, garantizando la transparencia de la información y el control sobre los riesgos asociados con los criptoactivos. 
  • Publicidad de criptoactivos: Una de las áreas más relevantes de MiCA es la regulación de la publicidad de los criptoactivos. El reglamento establece que la publicidad debe ser imparcial, clara, no engañosa y coherente con la información proporcionada en los libros blancos (white papers) de los criptoactivos. 

Con la entrada en vigor de MiCA, la normativa nacional de cada país miembro de la UE debe adaptarse, ya que las reglas establecidas por este reglamento prevalecerán sobre las regulaciones locales. 

El contexto de la publicidad de criptoactivos en España 

Antes de la promulgación de MiCA, la CNMV publicó en 2022 la Circular 1/2022, que regulaba específicamente la publicidad de criptoactivos como objetos de inversión en España. La razón detrás de esta normativa era la creciente popularidad de los criptoactivos y el riesgo que representaban para los inversores minoristas, especialmente con la proliferación de plataformas de intercambio que facilitaban el acceso a estos activos. Sin una regulación específica, la CNMV identificó que los consumidores se enfrentaban a riesgos debido a la falta de claridad en la información y los mensajes engañosos presentes en las campañas publicitarias. 

La Circular 1/2022 imponía una serie de requisitos a las empresas que deseaban publicitar criptoactivos. Estas empresas debían ser transparentes en cuanto a los riesgos inherentes a la inversión en criptoactivos y proporcionar información clara y comprensible. Además, se establecían mecanismos de control, como la notificación previa de las campañas publicitarias masivas a la CNMV, con el objetivo de asegurarse de que cumplían con los requisitos establecidos en la normativa. 

Sin embargo, a medida que la Unión Europea avanzaba en la creación de un marco normativo común para los criptoactivos, surgió la necesidad de revisar las regulaciones nacionales, como la Circular 1/2022, para alinearlas con el nuevo reglamento MiCA, que ofrecería un conjunto de reglas más amplias y uniformes aplicables en todos los países de la UE. 

La derogación de la Circular 1/2022 

El 28 de diciembre de 2024, la CNMV derogó oficialmente la Circular 1/2022 con la publicación de la Circular 1/2024, en la que se señala que, dado que el Reglamento MiCA establece reglas comunes en toda la Unión Europea, no es necesario mantener una regulación nacional adicional para la publicidad de criptoactivos. Esta derogación representa un cambio significativo en la regulación española sobre los criptoactivos, ya que elimina varios aspectos de control que anteriormente eran exclusivos de la legislación nacional. 

Uno de los cambios más importantes es la eliminación de la obligación de notificación previa para las campañas publicitarias masivas de criptoactivos. Bajo la Circular 1/2022, las empresas que lanzaban campañas de publicidad masiva de criptoactivos debían notificar previamente a la CNMV, lo que permitía a la autoridad supervisora revisar las campañas antes de su difusión. Con la derogación de esta obligación, las campañas publicitarias podrán llevarse a cabo sin necesidad de pasar por este proceso de revisión, aunque seguirán estando sometidas a los principios generales establecidos por MiCA. 

Implicaciones de la derogación de la circular  

La derogación de la Circular 1/2022 implica varios cambios importantes para el mercado de criptoactivos en España. A nivel práctico, la eliminación de la notificación previa permitirá a las empresas actuar con mayor rapidez en el lanzamiento de sus campañas publicitarias. Sin embargo, también coloca una mayor responsabilidad en las empresas para asegurarse de que sus mensajes publicitarios sean conformes con los principios establecidos por MiCA, ya que la CNMV sigue teniendo autoridad para supervisar y, en su caso, sancionar las campañas que no cumplan con las normativas. 

A pesar de la derogación de la Circular 1/2022, el anteproyecto de ley de digitalización y modernización del sector financiero mantiene la posibilidad de que la CNMV pueda imponer algún tipo de control administrativo sobre la publicidad de criptoactivos. Esto sugiere que, aunque la regulación de la publicidad de criptoactivos pase a estar bajo el marco común de MiCA, es posible que haya futuras modificaciones a nivel nacional que afecten a la forma en que las campañas publicitarias se gestionan. 

La derogación de la Circular 1/2022 por parte de la CNMV y la entrada en vigor del Reglamento MiCA suponen un avance hacia una mayor armonización en la regulación de los criptoactivos dentro de la Unión Europea. Con la aplicación de reglas comunes, se garantiza una mayor protección para los inversores y se fomenta un entorno de mercado más transparente y seguro. Las empresas deberán adaptarse a este nuevo marco, cumpliendo con las normativas europeas y garantizando que sus campañas publicitarias sean claras, transparentes y coherentes con la información disponible. A medida que la regulación de los criptoactivos continúa evolucionando, será importante seguir de cerca las posibles actualizaciones tanto a nivel europeo como nacional. 

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